Registro horario digital: Trabajo y Economía pactan aprobar la norma en septiembre
El real decreto que obliga al fichaje 100 % digital y da a la Inspección acceso telemático a los datos se retrasa a después del verano. Qué cambia, a quién afecta y cómo llegar preparado.

El fichaje digital obligatorio en España tendrá que esperar a después del verano. Los ministerios de Trabajo y de Economía han cerrado un pacto para aprobar en septiembre el real decreto que moderniza el registro de la jornada laboral, después de que el Gobierno no cumpliera su compromiso de sacarlo adelante antes del 31 de julio.
La norma, una de las prioridades del Ministerio de Trabajo que dirige la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, obligará a las empresas a registrar la jornada por medios completamente digitales e interoperables y permitirá a la Inspección de Trabajo consultar los datos en remoto, sin necesidad de personarse en el centro. El objetivo declarado: acabar con el fraude de las horas extra que se trabajan y no se pagan.
Qué se ha pactado exactamente
El acuerdo entre los equipos de Yolanda Díaz y del ministro de Economía, Carlos Cuerpo, desatasca un texto que llevaba meses encallado. El compromiso del Ejecutivo era aprobarlo antes de que acabara julio, pero fuentes de Trabajo confirman que no llegará a tiempo y que la aprobación se traslada al «arranque del curso», en septiembre.
El retraso llega pese a la presión de los sindicatos. CCOO y UGT habían fijado un ultimátum para que la norma estuviera lista antes del 31 de julio, y la patronal ya adelanta que estudia recurrirla cuando entre en vigor. Díaz, por su parte, se ha mostrado «muy optimista» y asegura que el registro está «prácticamente listo».
Las objeciones del Consejo de Estado
El punto que más ha ralentizado la tramitación es el dictamen del Consejo de Estado, emitido el 23 de marzo de 2026. El órgano consultivo puso el foco en dos frentes:
- El vehículo legal. Advierte de que un reglamento no puede imponer «nuevas obligaciones y cargas a los empresarios y trabajadores», porque eso «rebasa el ámbito propio de la potestad reglamentaria». En sus palabras, «lo que puede la ley no lo puede el reglamento».
- La protección de datos. Cuestiona que la representación de los trabajadores pueda acceder a todos los datos del registro, y reclama encajar la norma con el RGPD.
A esas objeciones se sumó una petición del propio Ministerio de Economía: un periodo transitorio de un año para que las pymes se adapten, en lugar de los 20 días que contemplaba el borrador inicial. El plazo de adaptación es, precisamente, uno de los flecos que más preocupa a los pequeños negocios.
Qué obligaciones traerá la norma
El registro diario de jornada ya es obligatorio en España desde el Real Decreto-ley 8/2019. Lo que hace el nuevo real decreto es dar el salto de lo analógico a lo digital y cerrar la puerta a los sistemas manipulables. Estas son las líneas maestras del texto que se conocen hasta ahora:
- Fichaje 100 % digital. Prohibición expresa del papel, las hojas de Excel y cualquier sistema sin trazabilidad.
- Acceso telemático de la Inspección. La ITSS podrá consultar los registros a distancia mediante un protocolo estandarizado e interoperable.
- Registro inalterable. Cada cambio debe quedar documentado —quién, qué, cuándo y por qué— en un histórico que no se pueda borrar ni retocar.
- Conservación durante 4 años, con acceso para la persona trabajadora, sus representantes y la Inspección.
- Cumplimiento reforzado del RGPD: tratamiento de datos proporcionado y garantías sobre quién ve qué.
Por qué llega ahora: el fraude de las horas extra
Detrás de la reforma hay una cifra que el Gobierno repite: las horas que se trabajan de más y nunca se cobran. El registro fiable es la herramienta para aflorarlas. Los números de la Inspección dan la dimensión del problema: solo en 2024 se levantaron 1.869 actas de infracción relacionadas con el registro horario, que afectaron a más de 21.600 trabajadores.
El coste para las empresas, según el informe de impacto económico del propio decreto, se estima en torno a 55 € por trabajador y año. Frente a él, las sanciones por incumplir el registro no son menores: la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) contempla multas de 751 € a 7.500 € por centro de trabajo, a las que pueden sumarse condenas por horas extra no acreditadas.
El calendario, paso a paso
- 30 de septiembre de 2025: el Consejo de Ministros aprueba tramitar por vía urgente un decreto independiente, separado ya de la fallida reducción de jornada a 37,5 horas.
- 23 de marzo de 2026: el Consejo de Estado emite su dictamen con reparos técnicos.
- Julio de 2026: el Gobierno incumple su compromiso de aprobarlo antes de fin de mes.
- Septiembre de 2026: Trabajo y Economía se emplazan a aprobar la norma tras el verano.
Un detalle importante: al tramitarse como real decreto —y no como decreto-ley— la norma no pasa por el Congreso, lo que agiliza su entrada en vigor una vez el Consejo de Ministros le dé luz verde.
Cómo llegar preparado
Aunque el texto definitivo aún puede cambiar, la dirección es inequívoca: el fichaje en papel y las hojas de cálculo tienen los días contados. Adelantarse tiene premio, porque el salto a un sistema digital no se improvisa en 20 días. Lo que conviene tener resuelto:
- Un fichaje digital accesible desde el móvil, el ordenador o un kiosko.
- Un registro inalterable, con histórico de cambios auditable.
- Datos exportables y listos para una inspección, sin sustos.
- Tratamiento conforme al RGPD y conservación durante 4 años.
Fuentes: El País y elDiario.es (24 de julio de 2026). Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Las fechas y el contenido definitivo de la norma pueden variar hasta su publicación en el BOE.
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